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Retribuciones

Retribución anual del delegado especial del Estado

RESOLUCIÓN DEL MINISTRO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS POR LA QUE SE FIJA LA RETRIBUCIÓN ANUAL DEL DELEGADO ESPECIAL DEL ESTADO EN EL CONSORCIO DE LA ZONA FRANCA DE BARCELONA

Mediante la Orden comunicada de 30 de octubre de 2015 del Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas se ha clasificado al Consorcio de la Zona Franca de Barcelona de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 451/2012, de 5 de marzo, por el que se regula el régimen retributivo de los maximos responsables y directivos en el sector público empresarial y otras entidades.

Así mismo, el articulo 1 del Estatuto de la citada entidad establece que el Vicepresidente del Consorcio de la Zona Franca de Barcelona es el Delegado Especial del Estado nombrado por el Ministro de Hacienda.

En su virtud, y de acuerdo con lo establecido en el articulo 22.Tres de la Ley 36/2014, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2015, se autoriza para el Delegado/a Especial del Estado en el Consorcio de la Zona Franca de Barcelona una retribución anual bruta para el año 2015 de 155.000 euros.

Dicha cuantía comprende la totalidad de las retribuciones a percibir por el desempeño del cargo, excepto la antigüedad que pudiera corresponderle de acuerdo con la normativa vigente e incluida, en su caso, cualquier retribución en especie.

Por otra parte, la cuantía resultante del párrafo anterior no podrá superar los límites establecidos en el Real Decreto 451/2012, de 5 de marzo, por el que se regula el régimen retributivo de los máximos responsables y directivos en el sector público empresarial y otras entidades y en la citada Orden comunicada de 30 de octubre de 2015, del Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas por la que se aprueba la clasificación del Consorcio de la Zona Franca de Barcelona de conformidad con el citado Real Decreto.

Respecto a la protección social se ajustará a lo dispuesto en la Ley 3/2015, de 30 de marzo, reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado.

Asimismo se aplicará el régimen establecido en esta Ley en lo referente al devengo de cualquler otra remuneración o percepción económica, indemnización, prestación o pensión compensatoria.

Las retribuciones se percibirán en doce mensualidades más dos pagas extraordinarias, todas ellas del mismo importe, excepto, en su caso, la parte correspondiente a retribución variable.

La presente resolución produce efectos partir de la fecha de su firma. De este modo, se prorrateará el importe anual fijado para el periodo 2015 a contar desde dicha fecha.

Madrid, 1 de diciembre de 2015

El ministro de Hacienda y Administraciones Públicas

Cristóbal Montoro Romero

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